
¿Qué cambiará en las multas de la ATU y cuál será el precio de estas infracciones? La propuesta de la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) plantea nuevos montos para 41 infracciones muy graves. En varios casos las sanciones pasarían de 1 UIT (S/5.500) a 0,5 UIT (S/2.750). También hay rebajas mayores para algunas faltas de taxis y para determinadas infracciones cometidas cuando ocurre un accidente de tránsito.
La ATU prepara una nueva tabla de multas para el transporte regular de pasajeros y el servicio de taxi en Lima y Callao. El proyecto de resolución plantea reducir el monto de varias infracciones calificadas como muy graves, bajo el argumento de que las sanciones deben ser proporcionales, razonables y efectivamente disuasivas. Se trata de un proyecto elaborado en cumplimiento del Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC.
Las multas e infracciones de la ATU que tendrán un nuevo precio
El documento sostiene que actualmente existen multas de entre 0,5 y 4 UIT para las infracciones muy graves y que, de las 180.920 infracciones de este tipo analizadas por la ATU, solo 19.084 registraban algún pago. Es decir, el 89,45% no había sido pagado. La entidad considera que una multa nominalmente elevada no necesariamente genera mayor efecto disuasivo si finalmente no se cobra.
Para entender los nuevos valores hay que tener presente que la UIT de 2026 es de S/5.500. Por ello, 0,5 UIT equivale a S/2.750, 0,75 UIT a S/4.125, 1 UIT a S/5.500, 1,5 UIT a S/8.250, 2 UIT a S/11.000 y 4 UIT a S/22.000.
| Código | Conducta sancionada, en resumen | Multa actual | Multa propuesta |
|---|---|---|---|
| RE1 | Operar sin autorización de la ATU | Propietario: S/11.000; conductor: S/5.500 | Propietario: S/5.500; conductor: S/2.750 |
| RE2 | Prestar el servicio en una modalidad distinta | S/5.500 | S/2.750 |
| RE4 | Operar sin sistema GPS permanente | S/3.300 | S/2.750 |
| RE5 | No transmitir información mediante el GPS | S/2.750 | S/2.750 |
| RE6 | Transmitir información GPS manipulada | S/5.500 | S/2.750 |
| RE12 | Incumplir indicadores de calidad | S/5.500 por indicador | S/2.750 por indicador |
| RE13 | Atentar contra fiscalizadores o policías | S/5.500 | S/2.750 |
| RE14 | Agredir físicamente a usuarios | S/5.500 | S/2.750 |
| RE17 | Obstruir la fiscalización o darse a la fuga | S/2.750 | S/2.750 |
| RE18 | Obstruir la fiscalización en zona de estacionamiento | S/5.500 | S/2.750 |
| RE19 | Operar sin SOAT o CAT vigente | S/5.500 | S/2.750 |
| RE24 | Exceder jornadas máximas de conducción | S/5.500 | S/2.750 |
| RE25 | No contar o mantener RUC activo | S/5.500 | S/2.750 |
| RE26 | Conducir bajo efectos de alcohol o drogas | S/5.500 | S/2.750 |
| RE29 | No registrar tarifas ante la ATU | S/5.500 | S/2.750 |
| RE31 | No contar con la flota requerida | S/5.500 por vehículo faltante | S/2.750 por vehículo |
| RE38 | Operar con características distintas a las registradas | S/5.500 | S/2.750 |
Multas e infracciones de la ATU para el taxi y su nuevo precio
En el cuadro 15 aparecen siete códigos T. La reducción más importante se observa en la infracción por prestar taxi sin autorización.
| Código | Conducta | Multa actual | Multa propuesta |
|---|---|---|---|
| T.1 | Taxi sin autorización | Propietario: S/11.000; conductor: S/5.500 | Propietario: S/4.125; conductor: S/2.750 |
| T.1-A | Prestar una modalidad no permitida | Operador: S/5.500; conductor: S/4.125 | Ambos: S/2.750 |
| T.4 | Operar con vehículo no habilitado, suspendido o en trámite | S/2.750 o S/5.500, según supuesto | S/2.750 |
| T.6 | Atentar contra fiscalizadores | S/5.500 | S/2.750 |
| T.11 | Agredir física o verbalmente a usuarios | S/5.500 | S/2.750 |
| T.15 | No facilitar la fiscalización | S/5.500 | S/2.750 |
| T.16 | Obstruir la fiscalización o darse a la fuga | S/5.500 | S/2.750 |
En el caso de T.1, la reducción es especialmente significativa: el propietario pasaría de 2 UIT a 0,75 UIT y el conductor de 1 UIT a 0,5 UIT. Si ocurre un accidente, el monto para el propietario pasaría de 4 UIT a 1,5 UIT. La infracción T.1-A, incorporada en 2025, también bajaría: para el operador de 1 UIT a 0,5 UIT y para el conductor de 0,75 UIT a 0,5 UIT.
En T.16, la sanción por obstruir la fiscalización o darse a la fuga bajaría de 1 UIT a 0,5 UIT. Si existe accidente, pasaría de 2 UIT a 1 UIT.
En paralelo a las multas al taxi y al transporte regular de pasajeros, hay otras infracciones que reducirán su costo vinculadas al servicio de transporte turístico y escolar.
Una medida distinta: pagar solo el 10% de multas antiguas
Esta propuesta llega pocos días después de otra medida que ya fue aprobada por el Ejecutivo. El Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC, publicado el 25 de agosto, estableció un régimen excepcional que permite reducir en 90% determinadas multas ya impuestas, por lo que el administrado puede cancelarlas pagando solo el 10%. El beneficio alcanza multas pendientes, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva, bajo las condiciones establecidas por la norma.
Ese régimen tiene una vigencia de 90 días para multas de tránsito y de 180 días para multas por infracciones de transporte. Además, el decreto ordenó a la ATU aprobar, en un plazo máximo de 180 días, una nueva tabla de infracciones bajo criterios de proporcionalidad y razonabilidad.
La diferencia es importante: el beneficio del 10% sirve para determinadas multas ya impuestas. En cambio, la propuesta de la ATU busca modificar los montos de las multas que se apliquen bajo las nuevas tablas. Por ahora, estos nuevos precios son una propuesta y no constituyen todavía una tarifa oficial de sanciones.
